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Resolución 0098/2024

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Hechos

La Compañía de Vigilancia Aragonesa, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato de servicio de vigilancia y seguridad a CLECE SEGURIDAD SAU. El recurrente alega que no se le permitió subsanar su oferta en relación con los criterios evaluables mediante fórmulas.

  • Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 50 de la Ley 9/2017
  • Artículo 45.1 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1 a) y 2 c) de la LCSP
  • Artículo 50 de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 51.1 de la LCSP
  • Artículo 95 de la LCSP
  • Artículo 141 de la LCSP
  • Artículo 139.1 de la LCSP
  • Artículo 53 de la LCSP
  • Artículo 57 de la LCSP
  • Artículo 56.2 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 84 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículo 22.1 2ª del Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículos 11.1 letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio

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