/
Resolución
1173/2024
El Servicio Riojano de Salud convocó una licitación para el servicio de sistema informático de laboratorio. Tras la evaluación de las ofertas, se propuso la adjudicación del lote 2 a LARA NORTE, S.A. Sin embargo, se requirió a la empresa subsanar la documentación debido a que su objeto social no correspondía con el objeto del contrato. Al no subsanar, se excluyó a LARA NORTE, S.A. y se adjudicó el contrato a otra empresa. LARA NORTE, S.A. presenta un recurso.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre
- Real Decreto Ley 6/2022, de 29 de marzo
- Artículo 44 LCSP
- Artículo 46 LCSP
- Artículo 53 LCSP
- Artículo 57 LCSP
- Artículo 58 Real Decreto Ley 36/2020
- Artículo 65.1 LCSP
- Artículo 66.1 LCSP
- Artículo 71 LCSP
- Artículo 76 LCSP
- Artículo 140.1 LCSP
- Artículo 150.2 LCSP
- Artículo 1666 Código Civil
- Artículo 13.1 a) del Real Decreto 1098/2001
- Ley 29/1998, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Central 1401/2019 2019-12-02
- Central 154/2013 2013-04-17
- Central 148/2011 2011-05-24
Esta resolución aparece citada en:
- Central 1831/2025 2025-12-11
- Central 0002/2025 2025-01-09
Explorador de resoluciones
- Acceso fácil a las resoluciones de los tribunales de contratación
- Resúmenes automáticos de las claves principales
- Enlazado con licitaciones, adjudicadores y recurrentes