/
Resolución
408/2025
La empresa HERMANOS VIDAL, S.L. fue excluida de la licitación para el suministro de productos alimenticios al Hospital Gregorio Marañón debido a que su oferta no cumplía con las especificaciones técnicas de los envases de café y leche. La recurrente alegó falta de motivación en su exclusión y que las especificaciones técnicas de los pliegos (certificación ISO 22000 solo por ENAC y productos monopolizados) restringían la competencia. El órgano de contratación defendió la motivación de la exclusión basándose en un informe técnico y la extemporaneidad de la impugnación de los pliegos.
- Artículo 46.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2.c) de la LCSP
- Artículo 99.4 de la LCSP
- Artículo 116 de la LCSP
- Artículo 139 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 56.3 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículo 59 de la LCSP
- Artículo 89.5 de la Ley 30/1992
- Artículo 34 de la LCSP 2011
- Artículo 41 de la LCSP 2017
- Artículo 47.1 de la Ley 39/2015
- Artículo 48 de la Ley 39/2015
- Artículo 50.1.b) párrafo cuarto de la LCSP 2017
- Artículo 18 de la Directiva 2014/24
- Artículo 10.k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Esta resolución cita a:
- Madrid 077/2025 2025-02-27
- Madrid 325/2021 2021-07-15
Explorador de resoluciones
- Acceso fácil a las resoluciones de los tribunales de contratación
- Resúmenes automáticos de las claves principales
- Enlazado con licitaciones, adjudicadores y recurrentes