/
Resolución
256/2023
El Ayuntamiento de Guadarrama convocó una licitación para servicios de asistencia letrada, dividida en dos lotes, mediante procedimiento restringido. Durante la apertura de las solicitudes de participación, se detectó una incongruencia entre el número de ofertas registradas (9) y las disponibles para apertura (7) en la Plataforma e-licita. Tras intentar solucionar el problema y recabar información, se concluyó que existían dificultades para proseguir con seguridad jurídica. Por ello, la Junta de Gobierno Local acordó dejar sin efecto la convocatoria y retrotraer el expediente para una nueva convocatoria usando la Plataforma de Contratación del Sector Público. G CUETO LEGAL, S.L., una de las empresas licitadoras, interpuso un recurso especial solicitando la nulidad de esta anulación y la continuación del procedimiento.
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 46.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 48 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 50.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 152 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.1.a) y 2.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 139 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 161.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 165 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 3.5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 58 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 10, letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 59 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
Esta resolución aparece citada en:
- Madrid 300/2023 2023-07-27
Explorador de resoluciones
- Acceso fácil a las resoluciones de los tribunales de contratación
- Resúmenes automáticos de las claves principales
- Enlazado con licitaciones, adjudicadores y recurrentes