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Resolución
159/2018
DIGESTUM LEGAL SLP presenta un recurso contra el informe de valoración de las ofertas, alegando una incorrecta valoración de su solvencia técnica. El Ayuntamiento de Cambrils se opone al recurso argumentando que el valor estimado del contrato no alcanza el umbral mínimo para que el recurso sea admisible ante el Tribunal.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
- Artículo 44.1 a) LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 55 LCSP
- Artículo 44.6 LCSP
- Artículo 58.2 LCSP
- Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio
- Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa
- Reial decreto 814/2015, d’11 de setembre
Esta resolución aparece citada en:
- Cataluña 356/2021 2021-11-24
- Cataluña 189/2021 2021-06-16
- Cataluña 251/2018 2018-11-28
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