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Resolució
189/2021
El Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat licitó un contrato mixto de suministro y servicio para la instalación de luminarias LED. La Asociación Nacional de Empresas de Servicios Energéticos (ANESE) recurrió contra el anuncio de licitación y los pliegos, al considerar que se vulneraban los principios de libre acceso y no discriminación. ANESE argumentó que la exigencia de una garantía de las luminarias de un mínimo de 5 años, certificada por el fabricante, restringía la libre competencia. El Ayuntamiento se opuso, defendiendo su discrecionalidad técnica para garantizar una eficiente utilización de los fondos públicos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
- Ley 9/2017, de 8 de Noviembre, de Contratos del sector público. Artículo 17
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 44.1 a)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 44.2 a)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 46
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 48
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 50.1 b)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 51.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 51.1 a)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 56.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 58.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 59
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 126.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 145.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Artículo 145.5 c)
- Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya. Disposición Adicional Cuarta
- Decreto 221/2013, de 3 de septiembre, por el cual se regula el Tribunal y se aprueba su organización y su funcionamiento
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Artículo 10.1 k)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Artículo 46.1
- Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
- Reglamento (UE) 1194/2012 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2012
Esta resolución cita a:
- Catalunya 146/2021 2021-05-12
- Catalunya 234/2020 2020-06-30
- Andalusia 109/2020 2020-05-12
- Catalunya 20/2020 2020-01-29
- Catalunya 13/2019 2019-01-30
- Catalunya 10/2019 2019-01-30
- Catalunya 240/2018 2018-11-21
- Catalunya 159/2018 2018-07-26
- Catalunya 127/2018 2018-07-11
- Catalunya 131/2018 2018-07-11
- Catalunya 133/2018 2018-07-11
- Catalunya 125/2018 2018-07-04
- Catalunya 158/2017 2017-11-02
- Catalunya 123/2017 2017-09-06
- Andalusia 156/2015 2015-05-05
Esta resolución es citada en:
- Catalunya 86/2022 2022-04-20
- Catalunya 356/2021 2021-11-24
- Catalunya 276/2021 2021-09-22
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