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Resolución
142/2023
La empresa PALEX MEDICAL, S.A. presenta un recurso contra su exclusión de la licitación para el lote 6 del acuerdo marco de suministro de equipos de radioterapia, radiofísica y medicina nuclear. La mesa de contratación excluyó a PALEX MEDICAL, S.A. porque incluyó información sobre la potencia en modo activo en el sobre 2, cuando debía estar en el sobre 3. PALEX MEDICAL, S.A. argumenta que la información en el sobre 2 no es la misma que la requerida en el sobre 3 y que se refiere solo a un componente del equipo. El Servicio Andaluz de Salud defiende la exclusión y VISION RT LIMITED se opone a los argumentos de PALEX MEDICAL, S.A.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44 LCSP
- Artículo 46 LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 50.1 LCSP
- Artículo 57.3 LCSP
- Artículo 58.2 LCSP
- Artículo 139 LCSP
- Artículo 146.2.b) LCSP
- Artículo 1.1 LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, artículo 34
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 277/2022 2022-05-20
- Andalucía 398/2021 2021-10-21
- Andalucía 180/2021 2021-05-06
- Andalucía 14/2021 2021-01-21
- Andalucía 315/2020 2020-09-24
- Andalucía 188/2020 2020-06-01
- Andalucía 275/2019 2019-09-06
- Andalucía 290/2018 2018-10-16
- Andalucía 251/2018 2018-09-13
- Andalucía 204/2018 2018-06-29
- Andalucía 51/2018 2018-02-23
- Andalucía 28/2018 2018-02-02
- Andalucía 242/2017 2017-11-13
- Andalucía 45/2017 2017-03-02
- Andalucía 221/2016 2016-09-16
- Andalucía 120/2015 2015-03-25
- Andalucía 137/2014 2014-06-10
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