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Resolución 142/2023

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Hechos

La empresa PALEX MEDICAL, S.A. presenta un recurso contra su exclusión de la licitación para el lote 6 del acuerdo marco de suministro de equipos de radioterapia, radiofísica y medicina nuclear. La mesa de contratación excluyó a PALEX MEDICAL, S.A. porque incluyó información sobre la potencia en modo activo en el sobre 2, cuando debía estar en el sobre 3. PALEX MEDICAL, S.A. argumenta que la información en el sobre 2 no es la misma que la requerida en el sobre 3 y que se refiere solo a un componente del equipo. El Servicio Andaluz de Salud defiende la exclusión y VISION RT LIMITED se opone a los argumentos de PALEX MEDICAL, S.A.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 44 LCSP
  • Artículo 46 LCSP
  • Artículo 48 LCSP
  • Artículo 50.1 LCSP
  • Artículo 57.3 LCSP
  • Artículo 58.2 LCSP
  • Artículo 139 LCSP
  • Artículo 146.2.b) LCSP
  • Artículo 1.1 LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, artículo 34
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1

Esta resolución cita a:

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