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Resolución
0969/2024
Un abogado, en representación de un bufete, presenta un recurso contra los pliegos del contrato para el acuerdo marco de asesoramiento y defensa jurídica del Grupo AENA. El recurrente impugna los criterios de solvencia económica y técnica, así como los criterios de valoración relativos a la disposición de oficinas o corresponsalías en el exterior. Solicita la anulación de las cláusulas correspondientes y la suspensión del procedimiento. AENA solicita la inadmisión del recurso al considerar que no tiene naturaleza de poder adjudicador y, subsidiariamente, su desestimación.
- Ley 9/2017
- Real Decreto 814/2015
- Ley 40/2015
- Ley 29/1998
- Real Decreto-ley 3/2020
- Real Decreto-Ley 13/2010
- Ley 18/2014
- Ley 21/2003
- artículo 45 de la LCSP
- artículo 55 a) de la LCSP
- artículo 58 de la LCSP
- artículo 321 de la LCSP
- artículo 3.3 d) de la LCSP
- artículos 11.1 letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 1623/2023 2023-12-21
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