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Resolución 294/2021

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Hechos

Las empresas GESTIÓN DE PROYECTOS DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES, S.L. e IBERMÁTICA, S.A. (UTE GPIC-IBERMATICA) interponen recurso contra la adjudicación del contrato a ATOS SPAIN S.A., al considerar que esta última incluyó en el sobre 2 (criterios de adjudicación valorados mediante un juicio de valor) información que debía ir en el sobre 3 (documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas), concretamente datos sobre la frecuencia de reloj y el Rpeak del procesador.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • artículo 46 de la LCSP
  • artículo 48 de la LCSP
  • artículo 44 apartados 1.a) y 2.c) de la LCSP
  • artículo 50.1 d) de la LCSP
  • artículo 52 de la LCSP
  • artículo 57.2 de la LCSP
  • artículo 57.3 de la LCSP
  • artículo 58.2 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1

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