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Resolución
0414/2018
La empresa FULTON SERVICIOS INTEGRALES, S.A. interpone recurso contra la adjudicación del contrato de servicios de mantenimiento integral de edificios de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Alega nulidad del procedimiento por modificación de los criterios de adjudicación y vulneración del artículo 152.4 del TRLCSP en relación con el informe sobre las ofertas incursas en baja temeraria. El órgano de contratación defiende la inadmisión del recurso por falta de legitimación y la legalidad de su actuación. Otras empresas (UTE ANTEAS-S.G.N. y UTE GENERA QUATRO S.L.-JOSÉ ALAPONT, S.L.) también presentan alegaciones solicitando la desestimación del recurso.
- Ley de Contratos del Sector Público
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- artículo 41 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- artículo 16 del TRLCSP
- artículos 40.1.a) y 40.2.c) del TRLCSP
- artículo 44 TRLCSP
- artículo 42 del TRLCSP
- artículo 152.4 del TRLCSP
- artículo 81.2 del RGLCAP
- artículo 81.3 del RGLCAP
- artículo 139 del TRLCSP
- artículo 47.5 del TRLCSP
- artículo 47.4 del TRLCSP
- artículos 10.1.k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Central 72/2012 2012-03-20
- Central 19/2012 2012-01-17
- Central 325/2011 2011-12-20
- Central 24/2011 2011-02-08
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