/
Resolución
007/2020
La recurrente impugna los pliegos al considerar que la configuración de los criterios de adjudicación, en concreto la valoración de certificaciones de calidad, medio ambiente, seguridad y gestión ética, le impiden presentarse a la licitación en igualdad de condiciones.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- artículo 46 de la LCSP
- artículo 2.2 del Decreto 10/2015
- artículo 48 de la LCSP
- artículos 44.1 a) y 44.2. a) de la LCSP
- artículo 50.1.b) de la LCSP
- artículo 145 de la LCSP
- artículo 67.2 de la Directiva 2014/24/UE
- artículos 93 y 94 de la LCSP
- artículo 57.2 de la LCSP
- artículo 22.1 de la LCSP
- artículo 18.1. de la LCSP
- artículo 122 de la LCSP
- artículo 116 de la LCSP
- artículo 51 de la Ley 39/2015
- artículo 57.4 de la LCSP
- artículo 31.2 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual
- artículo 58.2 de la LCSP
- artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 1059/2016 2016-12-15
Esta resolución aparece citada en:
- Canarias 71/2023 2023-03-10
- Canarias 071/2023 2023-03-10
- Canarias 304/2021 2021-11-04
- Canarias 243/2020 2020-10-30
- Canarias 085/2020 2020-04-23
- Canarias 059/2020 2020-03-04
- Canarias 054/2020 2020-03-03
Explorador de resoluciones
- Acceso fácil a las resoluciones de los tribunales de contratación
- Resúmenes automáticos de las claves principales
- Enlazado con licitaciones, adjudicadores y recurrentes