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Resolución
29/2022
Philips Ibérica recurre la adjudicación a General Electric al considerar que su oferta no cumple con los requisitos mínimos exigidos en los pliegos, específicamente en relación con las características del transductor del ecógrafo. Philips argumenta que la oferta de General Electric debió ser excluida, ya que no alcanza los 1920 elementos requeridos en el transductor lineal matricial/multifrecuencia. El órgano de contratación admite que la oferta de General Electric se ajusta parcialmente al pliego, pero considera que cumple con las funcionalidades básicas requeridas para el proyecto de investigación.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) y 2.c) de la LCSP
- Artículo 50 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Ley 40/2015, de 1 de octubre
- Disposición adicional octava de la Ley 40/2015
- Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Andalucía 113/2020 2020-05-14
- Andalucía 250/2019 2019-08-02
- Andalucía 333/2018 2018-11-27
- Andalucía 221/2016 2016-09-16
- Andalucía 120/2015 2015-03-25
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