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Resolución
0663/2022
La empresa TADEM FC, S.L. fue excluida del lote 2 de la licitación para la explotación de bares en el litoral de Calvià por haber presentado dos ofertas. TADEM FC, S.L. alega que presentó una segunda oferta por temor a que la primera no se hubiera realizado correctamente, informando de esta situación al Ayuntamiento dentro del plazo de presentación de ofertas y solicitando que se tuviera en cuenta la primera presentación. El Ayuntamiento argumenta que la comunicación no fue realizada por el administrador único de la sociedad y que la empresa no indicó el contenido de la conversación telefónica donde se explicaba el error.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 44, apartados 1 a) y 2 b) de la LCSP
- Artículo 49 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 56 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 139.3 de la LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 80.5 del Reglamento
- Artículo 16.1 de la LPAC
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, artículos 10.1, letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1243/2020 2020-11-20
- Madrid 349/2018 2018-11-08
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