/
Resolució
0132/2013
Varias empresas y la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (FENIN) recurren los pliegos del Acuerdo Marco para la selección de suministradores de productos sanitarios. Los recursos denuncian diversas infracciones en los pliegos, incluyendo la aplicación del precio como único criterio de adjudicación, la falta de detalle en el lugar de entrega de los bienes, la obligación de suministrar aparatos de lectura y lancetas junto con las tiras reactivas, la ambigüedad en los criterios de adjudicación de los contratos derivados, la falta de claridad en las cantidades estimadas a adquirir, y la imposición de gastos de recogida de unidades caducadas a las adjudicatarias.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 73)
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (artículos 9.3.a, 22, 25.2, 40.1.a, 40.2.a, 41.1, 42, 43 a 46, 44.2.a, 46.1, 46.2, 47.5, 62, 77, 77.1, 77.1.a, 77.1.d, 77.1.f, 86, 86.1, 87, 87.1, 87.5, 88.5, 117, 117.2, 150, 150.1, 150.3, 196, 196.1, 197, 197.1, 198, 198.4, 198.4.e, 206.3.b, 206.4, 292.4, 293 y Disposición Adicional Vigésimo Octava)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (artículos 11.1, letra f y 46.1)
- Real Decreto 1098/2011, de 12 de octubre (artículo 193.5.c)
- Directiva 2004/18/CE (artículos 1.5, 9, 32.4, 35, 41, 43 y 54.2)
Esta resolución cita a:
- Madrid 148/2012 2012-12-05
- Central 29/2011 2011-02-08
Explorador de resolucions
- Accés fàcil a les resolucions dels tribunals de contractació
- Resums automàtics de les claus principals
- Enllaços amb licitacions, adjudicadors i recurrents