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Resolución
458/2024
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
18 de octubre de 2024
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa SOCIEDAD IBÉRICA DE CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS S.A. interpone un recurso contra los pliegos del contrato de suministro, instalación, configuración y puesta en servicio de un sistema de videovigilancia en Benahavís. La empresa alega que la exigencia de un certificado del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) de nivel alto es desproporcionada y restringe la competencia. El Ayuntamiento defiende que el nivel alto es necesario debido al manejo de información sensible y al uso del sistema para seguridad ciudadana.
- Ley 9/2017
- Real Decreto 817/2009
- Real Decreto 1098/2001
- Artículo 46 de la LCSP
- Decreto 332/2011
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.a) de la LCSP
- Artículo 18.1.a) de la LCSP
- Artículo 50.1 b) de la LCSP
- Artículos 64 y 132 de la LCSP
- Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo
- Artículo 156.2 de la Ley 40/2015
- Artículo 2.3 del Real Decreto 311/2022
- Anexo I del Real Decreto 311/2022
- Artículo 25.2 g) de la Ley 7/1985
- Artículo 8 de la Ley 5/2010
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Andalucía 527/2023 2023-10-20
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