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Resolución 305/2026

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Hechos

La entidad recurrente impugnó el criterio de adjudicación relativo a la "distancia del stock de material" incluido en el pliego de cláusulas administrativas particulares, al considerar que introduce una ventaja competitiva basada en la ubicación geográfica, carece de vinculación con el objeto del contrato y vulnera los principios de igualdad y libre concurrencia. El órgano de contratación no remitió el expediente administrativo solicitado por el Tribunal.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 145 de la LCSP
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 57 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía
  • Directiva 89/665/CEE

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