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Resolución 152/2020

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Hechos

BAXTER, S.L. recurre contra la adjudicación a GRIFOLS MOVACO, S.A. de los lotes 1, 4 y 11 del acuerdo marco para el suministro de medicamentos para fluidoterapia. Inicialmente, la mesa de contratación propuso adjudicar estos lotes a BAXTER, pero tras una reclamación de GRIFOLS, la comisión técnica emitió un nuevo informe técnico en el que se le asignaron 0 puntos a BAXTER en el criterio de adjudicación no automático “Código de colores”, lo que llevó a la adjudicación a GRIFOLS. BAXTER alega que la nueva valoración se realizó obviando el procedimiento legalmente establecido, con clara infracción del artículo 146.2 de la LCSP y de la cláusula 7.1.2 del PCAP, y con ruptura del principio de confidencialidad de las ofertas e igualdad de los licitadores.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44 LCSP
  • Artículo 46.1 LCSP
  • Artículo 48 LCSP
  • Artículo 50.1 d) LCSP
  • Artículo 57.3 LCSP
  • Artículo 58.2 LCSP
  • Artículo 146.2 LCSP
  • Artículo 151.1 LCSP
  • Artículo 157.6 LCSP
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Orden de 14 de diciembre de 2011
  • Disposición adicional decimoquinta LCSP
  • Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo
  • Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo
  • Ley 29/1998, de 13 de julio

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