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Resolución 0207/2013

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Hechos

SAMYL recurre la adjudicación del contrato de limpieza del Instituto Cervantes a REX, alegando errores en la valoración de las ofertas, especialmente en las horas semanales de prestación y en la valoración de las mejoras ofertadas. SAMYL argumenta que no se consideraron todas las horas ofertadas y que no se valoraron adecuadamente las mejoras logísticas y económicas propuestas. El Instituto Cervantes defiende su valoración, indicando que las horas consideradas son las adicionales a las especificadas en el pliego y que las mejoras valoradas son las que suponen un ahorro efectivo o una mejora logística.

  • Ley de Contratos del Sector Público
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)
  • TRLCSP artículo 1
  • TRLCSP artículo 40.1.a)
  • TRLCSP artículo 41
  • TRLCSP artículo 45
  • TRLCSP artículo 47.4
  • TRLCSP artículo 150
  • Ley 30/2007, de 30 de octubre, artículo 317.5
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículos 11.1.f) y 46.1

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