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Resolución
81/2019
OCIDE ASESORES, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato a Solventia 3, S.L., al considerar que la justificación de la oferta económica de esta última, que incurrió en presunción de temeridad, no es conforme a derecho. El órgano de contratación formalizó el contrato antes de que transcurriera el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, impidiendo que el recurso especial desplegara sus efectos suspensivos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 151.1 de la LCSP
- Artículo 39.2 d) de la LCSP
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 c) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50 de la LCSP
- Artículo 51.3 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 56.3 de la LCSP
- Artículo 22 de la LCSP
- Artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Decreto 10/2015, de 12 de febrero
- Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero
- Artículo 69.3 de la Directiva 2014/24/UE
- Cláusula 16 del PCAP
- Cláusula 16.9 del PCAP
- Cláusula 17 del PCAP
- Cláusula 18 del PCAP
Esta resolución cita a:
- Canarias 129/2017 2017-10-05
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