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Resolución
50/2019
La empresa SEGURIDAD ALHAMBRA Y PROTECCIÓN, S.L. interpone recurso contra la adjudicación del contrato a TEMPLAR VIGILANTES DE SEGURIDAD, S.L., al considerar que la valoración de la oferta de la adjudicataria es incorrecta. Alega que TEMPLAR no dispone de una delegación "autorizada" en Granada según la normativa de seguridad privada, lo que influye en la puntuación otorgada en los criterios de adjudicación.
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, artículo 17
Esta resolución cita a:
- Andalucía 343/2018 2018-12-11
- Andalucía 15/2012 2012-02-22
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