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Resolución
1118/2021
Clínica Santa Isabel recurre la adjudicación a Clínica de Fátima al considerar que esta última no cumple con los requisitos del pliego, específicamente, no disponer de la unidad asistencial U.99 Medicina del Trabajo. Clínica de Fátima reconoce no tener la unidad asistencial autorizada, pero se compromete a solicitarla.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 53 de la LCSP
- Artículo 56.3 de la LCSP
- Artículo 47 de la LCSP
- Artículo 44.2.c) de la LCSP
- Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 29.1
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 29.2
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 40.9
- Decreto 69/2008 de 26 de febrero
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículos 11.1 letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Esta resolución aparece citada en:
- Central 0862/2025 2025-06-05
- Central 0233/2025 2025-02-20
- Central 0234/2025 2025-02-20
- Central 0080/2025 2025-01-23
- Central 0097/2025 2025-01-23
- Central 0032/2025 2025-01-15
- Central 1590/2024 2024-12-12
- Central 1177/2024 2024-09-26
- Central 0208/2024 2024-02-15
- Central 0834/2023 2023-06-22
- Central 0544/2023 2023-04-27
- Central 0161/2022 2022-02-11
- Central 1448/2021 2021-10-21
- Central 1338/2021 2021-10-07
- Central 1001/2021 2021-09-02
- Central 0790/2021 2021-07-01
- Central 0661/2021 2021-06-04
- Central 0572/2021 2021-05-14
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