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Resolución
0749/2020
La empresa recurrente fue excluida del procedimiento de licitación porque incluyó información relativa a la oferta económica en el sobre correspondiente a la oferta técnica. El recurrente alega que hubo un error al adjuntar los archivos y que envió un mensaje a la plataforma para subsanar la incidencia, pero no aportó prueba alguna que permita determinar las circunstancias concretas que causaron dicho error.
- Real Decreto Ley 3/2020
- Artículo 119 Real Decreto Ley 3/2020
- Artículo 120 Real Decreto Ley 3/2020
- Artículo 121 Real Decreto Ley 3/2020
- Ley 9/2017
- Artículo 45 Ley 9/2017
- Artículo 48 Ley 9/2017
- Artículo 50 Ley 9/2017
- Artículo 58 Ley 9/2017
- Artículo 139.2 LCSP
- Artículo 159.2 LCSP
- Artículo 81.2 del Reglamento de la Ley de Contratos aprobado por Real Decreto 1098/2001
- Artículo 81.2 RGLCAP
Esta resolución cita a:
- Central 64/2012 2012-03-06
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