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Resolución
1162/2018
La empresa ALVALOP SERVICIOS XXI, S.L. interpone recurso contra los pliegos del contrato de servicios de punto de encuentro familiar en Navia, Asturias, alegando que la fijación de precios mínimos y la obligación de subrogación del personal son incorrectas. La Consejería de Servicios y Derechos Sociales defiende la legalidad de la subrogación basándose en el convenio colectivo aplicable y en el cálculo del valor estimado del contrato.
- Ley 9/2017
- Artículo 46.2 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50 de la LCSP
- Artículo 44.1, a) de la LCSP
- Artículo 44.2, a) de la LCSP
- Artículo 130 de la LCSP
- Artículo 309 de la LCSP
- Artículo 100.2 de la LCSP
- Artículo 100 de la LCSP
- Artículo 101 de la LCSP
- Artículo 102 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Real Decreto 814/2015
- Disposición Transitoria Primera. 4 LCSP
- Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores
- Artículo 1.205 del Código Civil
- Artículo 35 del II Convenio Colectivo Estatal de Reforma Juvenil y Protección de Menores
- Ley Orgánica 1/1996
- Ley Orgánica 5/2000
- Ley 29/1998
Esta resolución aparece citada en:
- Cataluña 441/2025 2025-11-19
- Cataluña 363/2024 2024-10-09
- Cataluña 183/2024 2024-05-08
- Cataluña 442/2023 2023-07-12
- Cataluña 171/2023 2023-03-08
- Cataluña 108/2022 2022-05-18
- Cataluña 178/2020 2020-05-06
- Central 0586/2019 2019-05-30
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