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Resolución 1166/2023

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Hechos

El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Valencia presenta un recurso contra los pliegos de una licitación de SEIASA, argumentando que los criterios de adjudicación no cumplen con la normativa para contratos de servicios de carácter intelectual. SEIASA se opone, cuestionando la legitimación del colegio profesional para impugnar los criterios de adjudicación y defendiendo la legalidad de los pliegos.

  • artículos 45 y 47 de la LCSP
  • artículo 44.1, a) de la LCSP
  • artículo 44. 1 letra a) de la LCSP
  • artículo 48 in fine de la LCSP
  • artículo 50 de la LCSP
  • artículo 58 del Real Decreto –Ley 36/2020
  • artículo 58.2 del Real Decreto –Ley 36/2020
  • artículo 145.4 de la LCSP
  • artículo 55. b) de la LCSP
  • artículo 48 de la LCSP
  • artículo 55 letra b) de la LCSP
  • artículo 58 de la LCSP
  • artículos 11.1 letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998

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