Salta al contingut principal
Gobierto Contratación

Te contamos cómo Gobierto puede ayudarte

Recibe información en tu correo-e sobre Gobierto.

Al enviar aceptas nuestra política de privacidad.

← Resolucions

/
Resolució 1594/2025

Aquest resum ha estat generat automàticament per IA. Pot contenir errors.
Fets

La Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas convocó una licitación para servicios de arquitectura. La empresa MIRAG ARQUITECTURA I GESTÓ, S.L.P. presentó su oferta y fue requerida para subsanar un DEUC confuso. Posteriormente, la mesa de contratación detectó que no se había solicitado la subsanación de la solvencia técnica y profesional en el DEUC, por lo que se le concedió un segundo plazo de subsanación. Tras esta segunda subsanación, la mesa excluyó a la empresa al considerar que no alcanzaba el umbral mínimo de solvencia técnica, a pesar de que la empresa había declarado una cifra que sí lo hacía, pero que no coincidía con la suma de los servicios detallados. La empresa recurrió esta exclusión, alegando que el error era subsanable y que se le debió dar la oportunidad de aclararlo.

  • Artículo 56.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 49 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 56 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 47 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 50.1.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44.1.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 24.2 del RPERMC
  • Artículo 48 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 57.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 58.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 11.1.f de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Esta resolución es citada en:

Explorador de resolucions

  • Accés fàcil a les resolucions dels tribunals de contractació
  • Resums automàtics de les claus principals
  • Enllaços amb licitacions, adjudicadors i recurrents
Consegueix accés Ja tens compte? Inicia sessió
Curso de inteligencia artificial para contratación pública