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Resolución
0205/2019
El órgano de contratación adjudicó el contrato a otra empresa, pero no notificó a la recurrente su exclusión previa por presunta conducta colusoria con otra empresa (TEVASEÑAL S.A.). La recurrente presentó un recurso al no haber sido notificada de su exclusión.
- Real Decreto Legislativo 3/2011
- Real Decreto Legislativo 3/2011, artículo 41.1
- Real Decreto Legislativo 3/2011, artículo 40.1.a
- Real Decreto Legislativo 3/2011, artículo 40.2.c
- Real Decreto Legislativo 3/2011, artículo 44.2
- Real Decreto Legislativo 3/2011, artículo 151.4
- Real Decreto 817/2009
- Real Decreto 1098/2001
- Ley 11/2007, de 22 de junio, artículo 28
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, artículo 59.4
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, artículo 35 a)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, artículo 53.1.a)
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, artículo 16
- Ley 9/2017, artículo 58.2
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 11.1 f) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1019/2016 2016-12-08
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