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Resolución
202/2024
La empresa ABANDO S.L. interpone un recurso especial contra la adjudicación del contrato de "Servicio de limpieza de los edificios e instalaciones municipales del Ayuntamiento de Zaratamo". Alega que la puntuación otorgada por el juicio de valor infringe el ordenamiento jurídico, que no se valoraron las mejoras en el pliego de condiciones, que CLYMAGRUP SL presentó un compromiso en el Sobre B que debería haber ido en el Sobre C, y solicita la nulidad del acto de adjudicación. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO IMPACTO S.L. se adhiere a la alegación de ABANDO sobre la valoración de mejoras no previstas y concuerda en que CLYMAGRUP incluyó información sobre la limpieza de pintadas y grafitis en el archivo incorrecto. El Ayuntamiento de Zaratamo pide que se desestime el recurso, defendiendo la valoración de los criterios subjetivos, la posibilidad de presentar mejoras y que la información en el sobre B no coincide con el criterio evaluable mediante fórmulas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- LCSP artículo 44.1 a)
- LCSP artículo 44.2 c)
- LCSP artículo 3
- LCSP artículo 56.2
- LCSP artículo 145
- LCSP artículo 145.7
- LCSP artículo 146.2
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, artículo 26
- Ley 30/2007, de 30 de octubre
- Ley 5/2010, de 23 de diciembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 44.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46. 1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 10.1 k)
- LCSP artículo 59.1
Esta resolución cita a:
- Euskadi 206/2022 2022-12-29
- Euskadi 151/2021 2021-09-23
- Euskadi 125/2019 2019-07-19
- Euskadi 157/2018 2018-11-16
- Euskadi 100/2013 2013-10-23
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