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Resolución 231/2024

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Hechos

Se recurre la adjudicación del contrato de servicio de conservación y mantenimiento de la red viaria en Sevilla. La UTE recurrente alega errores en el cálculo de las ofertas anormalmente bajas y la no consideración de grupos de empresas. El órgano de contratación se opone, defendiendo la correcta aplicación de la normativa y la justificación de la exclusión de la oferta de la recurrente por no justificar su viabilidad.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1 a) y 2 c) de la LCSP
  • Artículo 50.1 d) de la LCSP
  • Artículo 149.3 de la LCSP
  • Artículo 63.3.e) de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Artículo 86.3 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículos 10.1 letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Artículo 140 de la LCSP

Esta resolución cita a:

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