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Resolución
408/2023
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
1 de septiembre de 2023
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa HITRAF S.A. recurre su exclusión de la licitación para el suministro de vehículos para ciclos formativos, lotes 4, 5, 8 y 9, tras ser propuesta inicialmente como adjudicataria. La exclusión se debió a un error en la oferta relacionada con las emisiones de CO2 de los vehículos, donde se indicó el valor unitario en lugar del valor total por lote. HITRAF alega que fue un error mecanográfico subsanable y que no debería ser motivo de exclusión.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1.a) y 2.b) de la LCSP
- Artículo 50.1 apartado c) de la LCSP
- Artículo 139 de la LCSP
- Artículo 34 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Decreto 120/2014, de 1 de agosto
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
- Directiva 2014/24/UE
- Artículo 132 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Andalucía 229/2023 2023-05-03
- Andalucía 216/2022 2022-04-01
- Andalucía 172/2019 2019-05-23
- Andalucía 323/2016 2016-12-15
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