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Resolución
1091/2015
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
26 de noviembre de 2015
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La UTE recurrente fue excluida porque su oferta económica solo estaba firmada por uno de los representantes de las empresas que la componen. El órgano de contratación consideró que la falta de firma era un defecto no subsanable y adjudicó el contrato a otra empresa.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 46.2
- TRLCSP artículo 46.3
- TRLCSP artículo 45
- TRLCSP artículo 47
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 44
- TRLCSP Anexo II
- TRLCSP artículo 40. 1 b) y 2
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículos 1 y 139
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP) artículo 81
- TRLCSP artículo 146
- Ley de Contratos del Estado, de 8 de abril de 1965, artículo 13
- Decreto 3.410/1975, de 25 de noviembre, Reglamento General de Contratación del Estado artículo 101
- Real Decreto 2.528/1986, de 28 de noviembre
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa artículos 11.1 f) y 46.1
- TRLCSP artículo 47.4
- TRLCSP artículo 47.5
Esta resolución aparece citada en:
- Central 1474/2019 2019-12-19
- Central 0819/2019 2019-07-11
- Central 0696/2019 2019-06-27
- Central 0726/2019 2019-06-27
- Central 0231/2019 2019-03-08
- Andalucía 55/2019 2019-02-27
- Central 0168/2019 2019-02-22
- Central 0372/2018 2018-04-12
- Madrid 082/2018 2018-03-22
- Central 0636/2017 2017-07-13
- Central 0572/2017 2017-06-22
- Central 0388/2017 2017-04-27
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