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Resolución
0746/2018
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
31 de julio de 2018
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa Reciclaje de Inertes del Noroeste (RECINOR) fue excluida de la licitación para el suministro y transporte de áridos porque, a pesar de haber presentado la mejor oferta para el lote 2, no acreditó disponer de la autorización de aprovechamiento de recursos de la sección A, tal como exigía el pliego de cláusulas administrativas particulares. RECINOR argumenta que como se dedica al reciclaje de residuos y fabrica áridos reciclados, no necesita dicha autorización.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 150.2 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2.b) de la LCSP
- Artículo 47.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Disposición adicional vigésimo cuarta, apartado octavo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Ley 22/1973
Esta resolución cita a:
- Central 241/2012 2012-10-30
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