1 licitador persona física,justifica solvencia técnica en restauración. Presenta contratos del Ayto, de la sociedad de la que forma parte, y lo presta él mismo ¿es admisible?
Sí, es admisible que un licitador persona física justifique su solvencia técnica en restauración presentando contratos de una sociedad de la que forma parte, siempre que demuestre que él mismo prestó los servicios.
Para acreditar la solvencia técnica o profesional en contratos de servicios, como es el caso de la restauración, se pueden presentar evidencias de trabajos realizados de igual o similar naturaleza. Esto incluye contratos previos con entidades públicas o privadas, siempre que se pueda demostrar que el licitador fue el responsable de la ejecución de dichos servicios.
En este contexto, si el licitador persona física presenta contratos de una sociedad de la que forma parte, es fundamental que pueda demostrar que él mismo prestó los servicios de restauración. Esto puede hacerse mediante certificados expedidos por el órgano competente o mediante declaraciones acompañadas de documentos que acrediten la realización de la prestación.
Además, es importante que el licitador cumpla con las condiciones de aptitud, como tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en prohibiciones de contratar. La solvencia técnica debe ser proporcional al objeto del contrato y no debe limitar la participación de pequeñas y medianas empresas.
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