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El procedimiento abierto simplificado abreviado es una modalidad de contratación pública que permite una tramitación más ágil y sencilla, especialmente relevante para la gestión de los fondos Next Generation. Este procedimiento es aplicable a contratos de obras, suministros y servicios que no superen ciertos umbrales económicos, y no requiere la constitución de garantía definitiva.
El procedimiento abierto simplificado abreviado es una herramienta diseñada para agilizar la contratación pública, reduciendo la carga administrativa y los plazos de tramitación. Es especialmente útil en el contexto de los fondos Next Generation, donde la rapidez y eficiencia en la ejecución de proyectos son cruciales.
Este procedimiento se aplica a contratos con los siguientes umbrales económicos:
| Tipo de Contrato | Umbral Máximo |
|---|---|
| Obras | < 80.000€ |
| Servicios | < 60.000€ |
| Suministros | < 60.000€ |
Una de las características distintivas de este procedimiento es que no se requiere la constitución de garantía definitiva, lo que simplifica aún más el proceso para los licitadores. Además, los licitadores están exentos de acreditar solvencia económica, financiera, técnica o profesional.
La gestión de los fondos Next Generation a través de este procedimiento puede contribuir a una ejecución más rápida y eficiente de los proyectos, permitiendo que los recursos lleguen al mercado y a la sociedad de manera más efectiva.
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¿Qué es un procedimiento abierto simplificado?
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art. 159.1 b del LCSP
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