Las modificaciones de encargos se deben publicar en la Plataforma de Contratacion?
Sí, las modificaciones de encargos deben publicarse en la Plataforma de Contratación.
Las modificaciones de contratos públicos, incluidas las de encargos, deben seguir un procedimiento que garantice la transparencia y el acceso a la información pública. Esto implica la publicación de las modificaciones en el perfil de contratación correspondiente. Esta publicación debe incluir los informes y resoluciones emitidos para su aprobación, asegurando así que todos los interesados tengan acceso a la información relevante sobre los cambios realizados en el contrato.
La publicación de estas modificaciones es parte de las medidas para garantizar la transparencia en la contratación pública, permitiendo a las partes interesadas y al público en general conocer las condiciones y justificaciones de las modificaciones realizadas.
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¿Deben publicarse en el Perfil del Contratante las modificaciones de los encargos que no impliquen modificación del plazo ni del presupuesto del mismo?
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¿Las modificaciones de los encargos deben publicarse en el Perfil del Contratante individualmente o mediante una modificación de la publicación del encargo?
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deben publicarse en la plataforma las modificaciones de los encargos a medios propios?
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se deben publicar en la plataforma de contratación las ampliaciones de plazo de un encargo?
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se deben publicar en la plataforma de contratación las ampliaciones de plazo de ejecución de un encargo?
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donde se publican las modificaciones de un contrato?
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a partir de que año fue obligatorio publicar los encargos en la Plataforma?
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¿Debe publicarse la prórroga de un contrato administrativo en el perfil de contratante? y dónde?
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a partir de que fecha se publican los encargos en la Plataforma?
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se deben publicar los encargos en la plataforma de contratación?