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Cuales son los criterios que debe cumplir una empresa segun la disposicion adicional 48 dela Ley de Contratos del Sector Publico?

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Según la Disposición Adicional 48 de la Ley de Contratos del Sector Público, para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación. Estos requisitos mínimos de solvencia y la documentación requerida para acreditarlos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el pliego del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo.

Además, las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales, y velarán por la eficiencia y el mantenimiento de los términos acordados en la ejecución de los procesos de contratación pública.

Por último, la concreción de los requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional exigidos para un contrato, así como de los medios admitidos para su acreditación, se determinará por el órgano de contratación y se indicará en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y se detallará en los pliegos.

En resumen, para celebrar contratos con el sector público, las empresas deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación, que se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el pliego del contrato. Además, las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales, y velarán por la eficiencia y el mantenimiento de los términos acordados en la ejecución de los procesos de contratación pública.

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