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Sí, el órgano de contratación puede separarse de la propuesta de la mesa de contratación, pero debe justificar adecuadamente su decisión.
El órgano de contratación tiene la facultad de adjudicar el contrato y, aunque la mesa de contratación eleva una propuesta de adjudicación, esta no es vinculante. Esto significa que el órgano de contratación puede decidir no seguir la recomendación de la mesa, siempre y cuando justifique de manera adecuada y razonada las razones para hacerlo.
La propuesta de la mesa de contratación es el resultado de un proceso de valoración y análisis técnico de las ofertas presentadas. Sin embargo, el órgano de contratación, al ser el responsable final de la adjudicación, puede tener en cuenta otros factores o consideraciones que no hayan sido valorados por la mesa.
Es importante que cualquier decisión que se aparte de la propuesta de la mesa esté debidamente documentada y justificada, para garantizar la transparencia y legalidad del procedimiento de contratación.
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