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retirada de ofertas

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La retirada de ofertas en el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España no está explícitamente detallada en los artículos proporcionados, pero se puede inferir que una vez presentada una proposición, esta supone la aceptación incondicionada de las cláusulas y condiciones de la licitación, lo que podría complicar su retirada sin consecuencias.

Las proposiciones deben ajustarse estrictamente a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación implica la aceptación incondicionada de todas sus cláusulas. Esto sugiere que una vez presentada, la retirada de una oferta podría no ser sencilla y podría estar sujeta a penalizaciones o consecuencias contractuales.

Además, las proposiciones son secretas hasta el momento de su apertura, lo que podría complicar aún más cualquier intento de retirada, ya que el proceso está diseñado para garantizar la transparencia y la igualdad de condiciones entre los licitadores.

En el caso de que una oferta sea considerada anormalmente baja, las administraciones pueden requerir aclaraciones al licitador, lo que podría ofrecer una oportunidad para ajustar o incluso retirar la oferta si se demuestra que no cumple con los requisitos necesarios.

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