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porpuesta y liquidacion del contrato

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La propuesta y liquidación del contrato son procedimientos esenciales para determinar el saldo económico definitivo entre la Administración y el contratista, una vez verificadas las prestaciones realmente ejecutadas y valoradas conforme al contrato.

La propuesta de liquidación se formula una vez que han finalizado las prestaciones conforme al contrato y ha transcurrido el plazo de garantía, si es aplicable. El director de la obra o el órgano de dirección facultativa es el encargado de formular esta propuesta, calculando el saldo a favor o en contra del contratista. Esta propuesta se notifica al contratista, quien dispone de un plazo de diez días para manifestar su conformidad o formular observaciones.

Posteriormente, el órgano de contratación debe resolver la liquidación y ordenar el pago o reintegro correspondiente, cerrando así el expediente. En caso de resolución anticipada del contrato, la liquidación también es obligatoria y sigue un procedimiento específico, que incluye la constatación y medición de las obras ya realizadas.

En situaciones donde el contrato es resuelto y las obras deben ser continuadas por otro contratista o por la Administración, se prepara una propuesta de liquidación de las obras realizadas hasta la fecha de resolución, notificándose junto al acuerdo de resolución.

Tabla de Indemnizaciones en caso de resolución:

Situación Indemnización
Desistimiento antes de iniciar obras 3% del precio de adjudicación (IVA excluido)
Desistimiento después de iniciar obras 6% del precio de adjudicación de obras no realizadas (IVA excluido)
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