En un contrato SARA procedimiento abierto, ¿ hay que aportar la documentación acreditativa de los criterios de adjudicación?
En un contrato SARA mediante procedimiento abierto, no es necesario aportar inicialmente la documentación acreditativa de los criterios de adjudicación.
En el procedimiento abierto, todos los operadores económicos interesados pueden presentar una oferta sin necesidad de negociar los términos y condiciones del contrato. La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos debe presentarse en un sobre o archivo electrónico separado. Esta documentación se califica antes de la apertura de las proposiciones.
La evaluación de las ofertas se realiza mediante un proceso que incluye la calificación de la documentación presentada, la apertura y examen de las proposiciones, y la ponderación de los criterios de adjudicación. Los criterios pueden incluir tanto juicios de valor como fórmulas cuantificables, y deben ponderarse para seleccionar la oferta que ofrezca la mejor relación calidad-precio.
En el caso de contratos SARA, es importante verificar si el contrato supera los umbrales establecidos, lo que implica obligaciones adicionales de publicidad y plazos específicos. La presentación de ofertas, notificaciones y comunicaciones debe realizarse mediante medios electrónicos habilitados.
| Tipo de Contrato | Umbral SARA |
|---|---|
| Obras | ≥ 5.538.000€ |
| Servicios | ≥ 221.000€ |
| Suministros | ≥ 221.000€ |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 140. Presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos
- Blog de Gobierto - Procedimiento abierto
- Gobierto Instrucciones - Contexto legal - Procedimiento de adjudicación
- Preguntas de Gobierto - ¿cómo se evaluan las ofertas?
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