puede haber casos en que no proceda resolver un contrato
Sí, puede haber casos en que no proceda resolver un contrato, especialmente si no se cumplen las causas específicas de resolución establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público.
La resolución de un contrato en el sector público está sujeta a causas específicas que deben estar claramente definidas en los pliegos o en el contrato. Estas causas incluyen, entre otras, el incumplimiento de las obligaciones principales del contrato, la demora en los plazos de ejecución, o la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos pactados. Si ninguna de estas causas se presenta, no procede la resolución del contrato.
Además, incluso cuando se presentan causas de resolución, es posible que no se proceda a la resolución si las partes llegan a un acuerdo para modificar el contrato o para subsanar el incumplimiento. Esto puede incluir la renegociación de términos o la concesión de prórrogas para cumplir con las obligaciones contractuales.
En algunos casos, la resolución puede no proceder si el incumplimiento es menor o si no afecta de manera significativa la ejecución del contrato. También, si el incumplimiento es por causas no imputables al contratista, como fuerza mayor, puede no ser motivo suficiente para resolver el contrato.
- Referencias:
- Preguntas de Gobierto - ¿Es la falta de inicio de ejecución una causa de resolución?
- Ley de Contratos del Sector Público - Causas de resolución
- Ley de Contratos del Sector Público - Causas de resolución de contratos de servicios
- Ley de Contratos del Sector Público - Causas de resolución de contratos de concesión de obras
- Ley de Contratos del Sector Público - Causas de resolución de contratos de concesión de servicios
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