Cómo se hace la citación para el acto de medición de las obras si no existe acta de recepción por resolución del contrato?
En caso de que no exista un acta de recepción debido a la resolución del contrato, la citación para el acto de medición de las obras debe realizarse de manera formal por parte del director de la obra, quien fijará la fecha para el inicio de la medición general y notificará al contratista para que asista a dicho acto.
Cuando un contrato de obra se resuelve sin que se haya realizado un acta de recepción, el procedimiento para la medición de las obras sigue siendo necesario para determinar las obras realmente ejecutadas. El director de la obra es el encargado de fijar la fecha para el inicio de la medición general. Esta fecha debe ser notificada al contratista, quien tiene la obligación de asistir a la toma de datos y realización de la medición general.
La medición general se llevará a cabo utilizando datos complementarios como la comprobación del replanteo, los replanteos parciales, y las mediciones efectuadas desde el inicio de la ejecución de la obra. También se pueden utilizar otros documentos como el libro de incidencias o el de órdenes, si los hubiera, para asegurar que la medición sea precisa.
Una vez realizada la medición, se levantará un acta en triplicado ejemplar que firmarán tanto el director de la obra como el contratista. Cada uno de ellos retirará un ejemplar, y el tercero será remitido por el director de la obra al órgano de contratación. Si el contratista no asiste a la medición, el director de la obra le remitirá el ejemplar del acta.
El resultado de la medición se notificará al contratista, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles para prestar su conformidad o manifestar los reparos que estime oportunos. Cualquier reclamación que el contratista desee hacer contra el resultado de la medición deberá dirigirse por escrito al órgano de contratación a través del director de la obra.
| Proceso | Responsable | Acción |
|---|---|---|
| Fijar fecha de medición | Director de la obra | Notificar al contratista |
| Asistencia a la medición | Contratista | Obligatoria |
| Levantamiento de acta | Director de la obra y contratista | Firmar y distribuir ejemplares |
| Notificación de resultados | Director de la obra | Al contratista |
| Plazo para conformidad o reparos | Contratista | 5 días hábiles |
- Referencias:
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 166. Medición general y certificación final de las obras
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 164. Acta de recepción
- Preguntas de Gobierto - ¿Quién firma el acta de recepción?
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como se tienen que notificar al contratista para asistir al acto de medición general de las obras, teniendo en cuenta de que no ha terminado la obras por incumplimiento
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el articulo 166 del reglamento se puede aplicar en caso de resolucion del contrato por parte de la adminstracion y se comprueban las obras realmente realizadas, medicion
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recibir la obra y realizacion de la certificación final de la misma
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es necesario que el contratista, aunque haya sido citado el mismo día, se presente al acto de medición general de las obras?
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es suficiente que el contratista haya sido citado con 3 horas de antelación al acto de medición general de las obras?,
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medicion final de la obra
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medicion final en un presupuesto de encargo
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recepción obra. exceso de medición
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medicion general de las obras
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el procedimiento de medición se puede iniciar aunque el contrato no esté extinguido?