expediente de contrato menor esta sujeto a fiscalizacion por la intervencion delegada junta de castilla y leon
No, el expediente de un contrato menor no está sujeto a fiscalización previa por la intervención delegada en la Junta de Castilla y León.
Los contratos menores son aquellos que, por su importe y condiciones, pueden realizarse mediante un proceso simplificado que no requiere licitación ni otros trámites adicionales. Esto reduce los plazos y requisitos de transparencia en su gestión, lo que agiliza su constitución.
Para los contratos menores, la tramitación del expediente requiere un informe del órgano de contratación que motive la necesidad del contrato y justifique que no se está alterando su objeto para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación. Además, se debe aprobar el gasto e incorporar la factura correspondiente.
En el caso de los contratos menores de obras, se debe añadir el presupuesto de las obras y, si es necesario, un proyecto. También se requiere un informe de las oficinas o unidades de supervisión si el trabajo afecta a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.
Por lo tanto, no es necesaria una fiscalización previa en los contratos menores, lo que incluye los contratos menores de obras.
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En los contratos menores se aplica el acuerdo 7/2006 de 19 febrero en la junta de castilla yleon que dice que estan exentos de fiscalizacion
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el documento ok de un contrato menor se valida por la intervencion delegada junta de castilla y leon
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los contratos menores van a intevencion formal de lal orden de pago y material por la intervencion general,junta de castilla y leon
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¿Es necesaria la fiscalización previa en el contrato menor de obras?
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