En un contrato menor de obras suscrito en CYL, ¿es necesaria la comprobación de la inversión por parte de la Intervención General de la Administración de CYL?
No, en un contrato menor de obras no es necesaria la comprobación de la inversión por parte de la Intervención General de la Administración de Castilla y León.
En los contratos menores de obras, la Ley de Contratos del Sector Público establece que no es necesaria una fiscalización previa, lo que incluye la comprobación de la inversión por parte de la Intervención General. Esto se debe a que los contratos menores tienen un procedimiento simplificado que no requiere de ciertos controles que sí se aplican en contratos de mayor cuantía.
El procedimiento para los contratos menores de obras se centra en la justificación de la necesidad del contrato, la aprobación del gasto, y la incorporación de la factura correspondiente. Además, es necesario incorporar el presupuesto de obras o proyecto, y un informe de supervisión si el trabajo afecta a la estabilidad, seguridad, o estanqueidad de la obra.
Por lo tanto, la intervención de la Intervención General no es un requisito en este tipo de contratos, lo que agiliza el proceso de contratación para obras de menor cuantía.
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