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constitución ute

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La constitución de una UTE (Unión Temporal de Empresas) es un proceso que permite a varias empresas unirse temporalmente para participar en una licitación pública y, en caso de adjudicación, ejecutar conjuntamente el contrato.

Una UTE es una agrupación temporal de personas físicas o jurídicas que se asocian exclusivamente para concurrir a una licitación y ejecutar un contrato público. No implica la creación de una nueva persona jurídica, sino que cada empresa mantiene su personalidad jurídica, actuando conjuntamente bajo un compromiso de solidaridad.

Para participar en una licitación, no es necesario constituir formalmente la UTE en escritura pública. Sin embargo, si se adjudica el contrato, se requiere formalizar la UTE mediante escritura pública. Esta escritura debe incluir la identificación de cada integrante, el porcentaje de participación, el compromiso de formalización y la designación de un apoderado único con poderes suficientes para representar a la UTE frente a la Administración.

La escritura de constitución de la UTE debe inscribirse en el Registro Mercantil, y se le asignará un NIF específico. La duración de la UTE coincidirá con la del contrato adjudicado.

Un aspecto clave de las UTE es la posibilidad de acumular solvencia técnica y económica entre sus miembros, lo que permite a las empresas sumar sus capacidades para alcanzar los umbrales de solvencia exigidos en los pliegos de licitación.

La responsabilidad frente a la Administración es solidaria, lo que significa que las empresas integrantes de la UTE responden conjuntamente frente a la Administración. La Administración puede dirigirse contra cualquiera de los integrantes para exigir el cumplimiento o reclamar daños.

Concepto Detalle
Formalización Escritura pública tras adjudicación
Inscripción Registro Mercantil
NIF Asignación específica para la UTE
Duración Coincidente con el contrato
Solvencia Acumulación entre miembros
Responsabilidad Solidaria frente a la Administración
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