que pasa si el informe técnico es valorado comparativamente y pliegos dicen individualmente?
Si el informe técnico es valorado comparativamente pero los pliegos establecen que debe ser individualmente, se estaría incumpliendo el procedimiento establecido en los pliegos, lo que podría llevar a la impugnación del procedimiento de adjudicación.
Los pliegos de condiciones son documentos contractuales que establecen las reglas del procedimiento de contratación, incluyendo cómo deben ser evaluadas las ofertas. Si los pliegos especifican que la valoración debe ser individual, cada oferta debe ser evaluada de manera independiente según los criterios establecidos, sin compararla directamente con otras ofertas.
El informe técnico de valoración de ofertas es una herramienta clave para fundamentar la propuesta de adjudicación. Debe ajustarse estrictamente a los criterios y subcriterios definidos en los pliegos. Si se realiza una valoración comparativa en lugar de individual, se estaría desvirtuando el proceso de evaluación y podría considerarse que no se respetan los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación.
En caso de que el procedimiento de evaluación no siga lo establecido en los pliegos, las decisiones basadas en dicho informe podrían ser impugnadas. Esto podría llevar a la nulidad de la adjudicación y a la necesidad de retrotraer las actuaciones para corregir el procedimiento.
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