Cómo deben acreditar las adjudicatarias el enriquecimiento injusto de la administración
Para acreditar el enriquecimiento injusto de la Administración, las adjudicatarias deben demostrar que la Administración ha obtenido un beneficio sin causa legítima a expensas de la adjudicataria, lo cual puede implicar la falta de pago por servicios o suministros efectivamente prestados.
El principio de evitación del enriquecimiento injusto es fundamental en la contratación pública. Esto significa que los contratos deben ser redactados para evitar que una parte se enriquezca a expensas de la otra. En el contexto de la Administración, esto implica que las adjudicatarias deben recibir una compensación justa por los servicios o bienes proporcionados.
Si una adjudicataria considera que la Administración se ha enriquecido injustamente, puede reclamar el cumplimiento de la obligación de pago. En caso de que la Administración no responda a la reclamación en el plazo de un mes, se entenderá que el plazo de pago ha vencido, permitiendo a la adjudicataria formular un recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración.
En este procedimiento, la adjudicataria puede solicitar como medida cautelar el pago inmediato de la deuda. El órgano judicial adoptará esta medida, salvo que la Administración demuestre que no concurren las circunstancias que justifican el pago o que la cuantía reclamada no es exigible.
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