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Resolución
326/2020
SANIPROJECT, SL recurre la resolución de adjudicación del Lote 2 del acuerdo marco de suministro de medicamentos. Fue excluida porque su oferta presentaba un error en la presentación del medicamento (500mg en lugar de 1g). SANIPROJECT reconoce el error pero lo considera subsanable y desproporcionado para justificar la exclusión. El ICS alega falta de legitimación de SANIPROJECT y defiende la exclusión.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (artículos 44.1 b), 44.2 b), 44.2 c), 46.2, 48, 50.1, 51.1, 53, 56.2, 57.3, 58.2)
- Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya (disposición adicional cuarta)
- Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (artículo 21.3)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa (artículos 10.1 k) y 46.1)
- Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Cataluña 208/2020 2020-06-04
- Cataluña 163/2020 2020-04-22
- Cataluña 300/2019 2019-09-25
- Cataluña 266/2019 2019-07-30
- Cataluña 53/2019 2019-03-06
- Cataluña 162/2018 2018-09-20
- Cataluña 107/2018 2018-06-15
- Cataluña 51/2018 2018-03-27
- Cataluña 41/2018 2018-03-15
- Cataluña 170/2017 2017-11-22
- Cataluña 160/2017 2017-11-09
- Cataluña 14/2017 2017-01-23
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