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Resolución 293/2015

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Hechos

GARDA SERVICIOS DE SEGURIDAD, S.A. interpone recurso contra la adjudicación del contrato a COMPAÑÍA DE SEGURIDAD OMEGA, S.A., alegando falta de motivación en la decisión de adjudicación, especialmente en la valoración de riesgos donde obtuvo cero puntos. La recurrente argumenta que no se le proporcionó información suficiente para entender los motivos de la valoración y que podría haber errores en la misma. El órgano de contratación defiende su decisión, indicando que la oferta de GARDA se centró en la prevención de riesgos laborales en lugar de la evaluación de riesgos del servicio de seguridad y vigilancia.

  • Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
  • Real Decreto 3/2011, de 14 de noviembre
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP)
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • artículo 41.3 del TRLCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Orden de 14 de diciembre de 2011
  • artículo 42 del TRLCSP
  • artículo 40 del TRLCSP
  • artículo 44.2 del TRLCSP
  • artículo 151.4 del TRLCSP
  • artículos 1 y 139 del TRLCSP
  • artículo 47.5 del TRLCSP
  • artículo 47.4 del TRLCSP
  • artículo 45 del TRLCSP
  • Ley 29/1998, de 13 de julio
  • artículos 10.1
  • artículo 46.1 de la Ley 29/1998
  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre

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