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Resolución 153/2023

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Hechos

Orange impugna la adjudicación del contrato de servicios de telecomunicaciones del Ayuntamiento de Motril a Telefónica, argumentando que su oferta fue indebidamente excluida y que la de Telefónica fue indebidamente admitida. Anteriormente, Orange había presentado un recurso contra su exclusión, el cual fue desestimado por el tribunal. Orange reproduce los mismos motivos ya esgrimidos en su anterior escrito de impugnación.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 44 apartados 1.a) y 2.c) de la LCSP
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 d) de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 59.1 de la LCSP
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

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