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Resolución
1086/2015
Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
26 de noviembre de 2015
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Las entidades recurrentes, en UTE, impugnan la adjudicación del contrato al considerar que la valoración de su oferta no fue correcta y solicitan que se declare la nulidad o anulabilidad de la resolución de adjudicación, pidiendo que se les adjudique el contrato o, subsidiariamente, que se retrotraigan las actuaciones para una nueva valoración.
- TRLCSP artículo 40.2. c)
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44
- TRLCSP artículo 45
- TRLCSP artículo 47.4
- TRLCSP artículo 47.5
- TRLCSP artículo 151.4
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPERMC)
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común artículo 108
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa artículos 10.1 k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 93/2012 2012-04-17
- Central 280/2011 2011-11-15
- Central 269/2011 2011-11-09
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